La Orden Ministerial 388/20, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, permite a partir de hoy la apertura de los talleres para dar cualquier tipo de servicio, conforme a la interpretación de ASETRA
Se confirma así la información adelantada por ASETRA el miércoles de la semana pasada a través de circular.
Aconsejamos seguir pendiente puntualmente de nuestras informaciones dada la posibilidad de modificación normativa de lo aprobado a día de hoy, en función de los parámetros objetivos de seguimiento de la pandemia.
Les sugerimos que, antes de adoptar medidas para finalizar los efectos de los ERTE’s, o desafectar a los trabajadores afectados, analicen si las circunstancias que dieron lugar a su necesidad han cambiado a fin de valorar la viabilidad económica de sus empresas. Aconsejamos no tomar decisiones precipitadas e ir adaptando a la demanda real el personal disponible.
Madrid, 4 de mayo. La FASE 0 del “Plan para la transición hacia una nueva normalidad” se pone en marcha tras la publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado de la Orden 388/2020. En base a ello y según lo adelantado a nuestros asociados, a partir de hoy se permite la apertura al público del:
COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, entre las cuales se encuentran los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos con las siguientes restricciones:
-Garantía de la protección individual de las personas, empleados del taller y clientes.
-Cita previa obligada para atender a los clientes.
-Determinación de horario preferente para la atención a clientes mayores de 65 años
-Los desplazamientos a los talleres podrán efectuarse únicamente dentro del municipio de residencia, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.
En relación con la referencia en el texto legal a la superficie de 400 metros cuadrados como delimitadora de la posibilidad de abrir o no, ASETRA interpreta que la norma, dentro de la filosofía de reactivación de las actividades comerciales y profesionales y con propósito generalista, no afectaría a los talleres, aunque vamos a hacer una consulta expresa a la autoridad competente para que nos aporte su criterio de confirmación sobre este extremo.
Así mismo, de la lectura e interpretación de la citada Orden del Ministerio de Sanidad, se desprende que los talleres de reparación pueden reactivar la actividad en su integridad (reparaciones, mantenimientos, revisiones), si bien se exige el cumplimiento de requisitos técnicos concretos y bien definidos en la norma con el objetivo de extremar las condiciones higiénicas para evitar el riesgo de contagio interpersonal. ASETRA ha informado detalladamente a sus asociados a través de circular.
Así mismo, tanto el Área Jurídica como el Área de Prevención de Riesgos Laborales están a disposición de los talleres miembro para información personalizada sobre este asunto.