Todavía muchos talleres desconocen que han de cumplir con este trámite legal
La difusión la semana pasada de una circular recordatorio sobre la obligación de disponer de Informe Preliminar de Suelos Contaminados y su correspondiente actualización periódica multiplicó el número de consultas de los asociados.
El Real Decreto 9/2005 cataloga a los talleres entre las actividades potencialmente contaminantes del suelo y, en base a ello, les obliga a realizar el citado trámite y presentarlo ante la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Ésta, a su vez, determina e informa al taller sobre el plazo de validez.del informe presentado y la periodicidad con que deberá presentar los sucesivos informes.