Los talleres tienen un plazo máximo de tres años para formar a sus trabajadores, a razón de al menos un sexto de sus plantillas por cada semestre.
Los autónomos no están afectados por esta nueva obligación.
Los asociados pueden preinscribirse ya contactando con el área de Formación de ASETRA (tel 91 434 0660 o formacion@asetramadrid.com)
ASETRA, Asociación de Talleres de Madrid, tiene previsto iniciar en noviembre las acciones formativas en Prevención de Riesgos Laborales, obligatorias en cumplimiento del II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal. Sus asociados ya han recibido mediante circular las fechas programadas para los primeros cursos y se ha abierto el plazo para la preinscripción en ellos.
Una vez realizada la tramitación del expediente de solicitud de homologación ante FMF (Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo), CONEPA, Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción (de la que ASETRA ostenta la presidencia) cuenta ya con aprobación para impartir los cursos de prevención de riesgos laborales establecidos en el capítulo XVII y Anexo II del convenio. Ello habilita a sus entidades asociadas a impartir los cursos.
En estos momentos se está personalizando la plataforma de teleformación para los cursos de directivos y personal de oficina y dando los últimos retoques a los manuales de formación presencial para el personal de oficios. En el caso de ASETRA, los cursos presenciales (para trabajadores de las áreas de electromecánica y carrocería) serán impartidos por sus propios técnicos.
ASETRA está analizando las necesidades de sus asociados y prestará también apoyo personalizado a las empresas que lo requieran para ayudarles a cumplir con lo establecido legalmente también en materia de plazos. El objetivo final es que los talleres puedan acometer esta nueva obligación con el menor coste posible o incluso a coste 0 en la mayoría de los casos, mediante el sistema de bonificaciones de la FUNDAE (antiguamente Fundación Tripartita).
Recordamos que el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal contempla como novedad que todos los trabajadores por cuenta ajena hayan de cursar una formación mínima en materia de Riesgos Laborales en función del puesto de trabajo realizado. Los autónomos no están afectados por esta nueva obligación.
A continuación, hacemos un breve recordatorio con la información más relevante:
- Los cursos a realizar dependerán del puesto de trabajo: Directivos, Administrativos, Electromecánicos y carroceros/pintores y Trabajadores con funciones preventivas.
- Se establece un reciclaje obligatorio cada tres años mediante la realización de un curso de cuatro horas.
- La formación realizada se acreditará mediante una Tarjeta Profesional del Sector del Metal expedida por la Fundación del Metal para la Formación (FMF) en la que se recogerá la información recibida por el titular.
- Los talleres tienen un plazo máximo de tres años para formar a sus trabajadores, a razón de al menos un sexto de sus plantillas por cada semestre.