El cáncer es una enfermedad MULTICAUSAL y, por eso, es difícil determinar su origen. Se calcula que el 30% de todos los cánceres tienen un origen laboral. La mayoría de los cánceres de origen laboral podrían evitarse si se toman las medidas preventivas adecuadas.
Desde ASETRA recordamos que la exposición al aceite usado y las emisiones de motores diésel fueron incluidos en el listado de agentes de riesgo cancerígeno en entornos laborales.
¿Qué obligaciones establece la normativa sobre agentes cancerígenos?
Evaluar la exposición a agentes cancerígenos que deberá tener en cuenta especialmente:
a) Toda posible vía de entrada al organismo o tipo de exposición.
b) Los posibles efectos para la seguridad o la salud de las personas trabajadoras especialmente sensibles a tales riesgos.
Establecer las siguientes medidas de higiene:
Adoptar medidas necesarias para:
a) Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo en las que exista dicho riesgo.
b) Proveer a los trabajadores de ropa de protección apropiada o de otro tipo de ropa especial adecuada.
c) Disponer de lugares separados para guardar de manera separada las ropas de trabajo o de protección y las ropas de vestir.
d) Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento.
e) Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados y adecuados para uso de los trabajadores.
Los trabajadores identificados en la evaluación de riesgos como expuestos dispondrán, dentro de la jornada laboral, del tiempo necesario para su aseo personal, con un máximo de 10 minutos antes de la comida y otros 10 minutos antes de abandonar el trabajo. Este tiempo en ningún caso podrá acumularse ni utilizarse para fines distintos a los previstos en este apartado.
El empresario se responsabilizará del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven dicha ropa a su domicilio para tal fin. Cuando contratase tales operaciones con empresas idóneas al efecto, estará obligado a asegurar que la ropa se envía en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.
El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no debe recaer en modo alguno sobre los trabajadores.
Vigilancia de la salud de los trabajadores.
Información y formación de los trabajadores.
El empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban formación y sean informados sobre las medidas que hayan de adoptarse en aplicación del presente real decreto.