Un nuevo decreto a punto de publicarse en el BOE regulará las obligaciones de las empresas
En la última reunión del consejo de Ministros se dio el visto bueno al Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre. De manera que el texto pronto verá la luz en el BOE.
El Área de Calidad y Medio Ambiente de CONEPA, entidad de la que ASETRA ostenta la presidencia, ha realizado un primer análisis de la nueva norma, cuyo resumen se incluye a continuación:
RECORDATORIO:
La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, instauró un régimen administrativo de responsabilidad medioambiental de manera que quien contamina no sólo paga sino que también repara, devolviendo el recurso natural afectado a su estado natural. La Ley contempla la obligatoriedad de que cada empresa constituya una garantía financiera para hacer frente económicamente a estas reparaciones medio ambientales.
Al objeto de evaluar la intensidad y extensión del daño medio ambiental y determinar el método que garantice una evaluación homogénea de los escenarios de riesgos y de los costes de reparación asociados, el Ministerio redactó el Real Decreto 2090/20008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
A pesar de existir este Real Decreto ha surgido la necesidad de elaborar la nueva norma al objeto de reducir las cargas administrativas y desarrollar los criterios y condiciones que definen las empresas que quedarán exentas de la obligación de constituir garantía financiera previa realización de un análisis de riesgos.
PREVISIONES:
A partir de ahora se empezará a trabajar en la Orden Ministerial para sectores y subsectores de prioridad 1. Las Órdenes Ministeriales regularán las obligaciones de cada sector, en lo que a Responsabilidad Ambiental respecta.
NUESTRO SECTOR:
La actividad de mantenimiento y reparación de vehículos a motor, por sus características, se encuentra en el nivel de prioridad 3. De manera que la Orden Ministerial que nos afectará en su día será la última en ser aprobada, por lo que de momento, los talleres no tienen obligación de constituir garantía financiera alguna pero sí (como todas las empresas) de reparar cualquier daño ambiental que provoquen.
Este nuevo Real Decreto establece la posibilidad de exención de constitución de la garantía financiera previa realización de un análisis de riesgos y cálculo de la cuantía de la misma a través de las herramientas de cálculo previstas en la norma. CONEPA espera que los talleres puedan beneficiarse de dicha exención. No obstante, habrá que ir analizando cómo discurre la regulación y su aplicación a los diversos sectores de actividad, entre ellos el de los talleres.