Madrid, 28 de diciembre. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó el sábado la ORDEN 1750/2020, de 23 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica. Hoy lunes se han introducido varias matizaciones que ya incluimos en esta nota informativa.
El texto legal contemplan la aplicación de restricciones de movilidad hasta las 00:00 horas del día 11 de enero de 2021, sin perjuicio de su prórroga si la situación epidemiológica lo aconseja, en los siguientes ámbitos territoriales:
En el municipio de Madrid:
– Zona básica de salud Aravaca (distrito de Moncloa-Aravaca), siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida de la Victoria, la avenida del Padre Huidrobo -Autovía del Noroeste A6- y la calle Ochandiano
– Zona básica de salud General Moscardó (Distrito de Tetuán), siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida del General Perón, el Paseo de la Castellana, la calle de Raimundo Fernández Villaverde y la calle de La Vaguada y su prolongación hasta la avenida del General Perón y a la calle de Raimundo Fernández Villaverde.
En el municipio de San Sebastián de los Reyes:
- Zona básica de salud Reyes Católicos.
- Zona Básica de salud V Centenario, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la calle Galileo hasta su confluencia con la avenida Matapiñonera, la avenida Severo Ochoa, la avenida Juncal y la avenida Einstein.
Además, se recuerda que se mantienen las medidas de restricción de la movilidad hasta las 00:00 horas del día 4 de enero de 2021, y sin perjuicio de su prórroga si la situación epidemiológica lo aconseja, en los siguientes ámbitos territoriales:
En el municipio de Madrid:
– Zona básica de salud Andrés Mellado (distrito de Chamberí)
– Zona básica de salud Sanchinarro (distrito de Hortaleza), siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al norte por la calle Margarita de Parma, al oeste por la calle María de Portugal, al este por la calle María Tudor y al sur por la calle Leonor de Austria.
En el municipio de Alcobendas:
-Zona básica de salud La Moraleja, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al oeste por la Avenida Valdelaparra, al este por la Avenida de la Ermita, al norte por la Avenida Olímpica y al sur por la Vía de Servicio de la A-1.
En el municipio de Móstoles:
- Zona básica de salud Felipe II.
- Zona básica de salud Alcalde Bartolomé González.
En el municipio de Getafe:
- Zona básica de salud Getafe Norte.
Todas ellas tendrán limitadas las entradas y salidas de su perímetro salvo por causas justificadas.
Las medidas establecidas en la Orden serán de aplicación a todas las personas que se encuentren o circulen, así como a aquellas personas que sean titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en los ámbitos territoriales afectados».
La limitación de la entrada y salida por razón de salud pública en los ámbitos territoriales no será efectiva el día 31 de diciembre de 2020 y los días 1 y 6 de enero de 2021.