Madrid, 13 de diciembre. El Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid publicó ayer el Decreto de 28 de noviembre de 2018 del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria del procedimiento de otorgamiento de autorización de uso de puntos de recarga para vehículos eléctricos mediante convenio de colaboración para el desarrollo de una red de recarga rápida de oportunidad en espacios de acceso público y universal en la Ciudad de Madrid.
El otorgamiento de la autorización se efectúa en régimen de libre concurrencia y el procedimiento a seguir será el del convenio de colaboración suscrito con cada entidad que cumpla con los requisitos establecidos en las bases. No se prevé establecer ningún tipo de limitación en lo que respecta al número de entidades que puedan concurrir, si bien la formalización de los convenios asociados vendrá determinada por los equipos disponibles.
Entre otros, los compromisos y responsabilidades del autorizado serán que la electricidad suministrada en los puntos de recarga deberá provenir exclusivamente de fuentes de energía certificadas 100% renovables además de garantizar el mecanismo de acceso y uso universal, asegurando que cualquier usuario con independencia de si previamente es o no cliente de los operadores, pueda hacer uso de este servicio y un seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 300.000 euros.
Se han de estacar cuestiones como que el firmante del convenio estará exento de firmar garantía y que el periodo de vigencia de la autorización de cada uno de los puntos de recarga será de cuatro años a contar desde el inicio del uso por parte del firmante del convenio de colaboración. También es importante saber, para aquellos interesados, que la instalación debe reunir una serie de requisitos como que el suelo en el que se tenga previsto instalar el punto de recarga rápida se encuentre a nivel de la vía pública, que el acceso sea libre las 24 horas del día o que disponga de medidas de seguridad y vigilancia.
Los interesados tendrán un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid. Dicha publicación aún no ha tenido lugar.
Para más información a asociados sobre este tema se pueden poner en contacto con el Área de Medio Ambiente, Calidad y PRL de ASETRA, por los procedimientos habituales.