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El impuesto sobre el gas fluorado 134a bajará en septiembre

El impuesto sobre el gas fluorado 134a bajará en septiembre

Pasará de 26 euros/kg a 21,45 euros/kg.

20141016Madrid, 5 de julio. Ayer se publicó en el BOE  la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. En su sección 5ª relativa al Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero se aprueba la rebaja del tipo impositivo del Gas 134 a.

Con efecto desde el 1 de septiembre de 2018 y vigencia indefinida, se modifica el apartado 11 del artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medio ambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.

Esta rebaja de los tipos impositivos lo sitúa en un valor que refleja las últimas previsiones de precio para el periodo 2020-2030 de las emisiones de CO2. Al mismo tiempo se procede a actualizar los potenciales de calentamiento atmosférico de los gases objeto del impuesto tomando como referencia la última actualización recogida en la normativa comunitaria. Además, para fomentar la regeneración y reciclado de los gases, se reduce el tipo impositivo que le resulta de aplicación a estos gases.

A continuación se incluye un resumen de los cambios:

  • El impuesto estará constituido por el resultado de aplicar el coeficiente 0.015 al potencial de calentamiento atmosférico (PCA) correspondiente al Gas R134a. Este sería el resultado:

TIPO IMPOSITIVO= PCA * 0.015 = 1.430 * 0.015= 21.45 €/kg.

Esto quiere decir que a partir del 1 de septiembre del 2018, el impuesto del gas va a pasar de costar 26€/kg  a 21.45€/kg.

  • También cambia el impuesto para Gases regenerados y reciclados. De manera que el tipo impositivo estará constituido por el resultado de aplicar el coeficiente de 0.5 al impuesto del gas nuevo. Bien es cierto que, según la experiencia de CONEPA, la compra de gas reciclado no es una práctica muy extendida entre los talleres, pero existe la posibilidad pues es un gas que se recupera en los CAT  y que se pone a la venta. Por lo tanto, en ese caso, este sería el resultado:

TIPO IMPOSITIVO GAS RECICLADO = TIPO IMPOSITIVO * 0.5 = 21.45€/kg * 0.5= 10.725 €/kg

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