Se procurará la atención de servicio preferente para mayores de 65 años.
Medidas de aplicación hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria.
Hasta el 5 de julio el aforo será del 60 por ciento. A partir del 6 de julio será del 75 por ciento.
Se controlará el cumplimiento de las medidas preventivas por los servicios de inspección municipales y autonómicos, estableciéndose un régimen sancionador, en caso de infracciones.
Madrid, 22 de junio. El sábado se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, la ORDEN 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la sexta prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.
La Orden mantendrá su vigencia hasta que finalice oficialmente la situación de crisis sanitaria, mediante declaración del Gobierno de España. ASETRA ha remitido a sus asociados una circular con información general y con específica para los talleres, siguiendo el esquema siguiente:
- Medidas de prevención e higiene de aplicación general para toda la población
- Medidas de higiene y prevención para el personal trabajador.
- Medidas generales de prevención e higiene para los talleres.
- Medidas generales de control de aforo y organización de las instalaciones abiertas al público.
- Medidas y condiciones de higiene aplicables a máquinas expendedoras.
- Medidas relativas a la higiene de los clientes y usuarios.
- Gestión de Residuos
El Área de Prevención de Riesgos Laborales de ASETRA mantiene un servicio especial personalizado para dar asesoramiento a los talleres y prevenir el riesgo de contagio por COVID-19 en sus instalaciones. Si es usted asociado a ASETRA y quiere aclarar una duda o necesita recibir asesoramiento, contacte con nosotros a través de teléfono (91 434 0660) o correo electrónico (calidadymedioambiente@asetramadrid.com)