Publicación esta misma mañana en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la ORDEN 1322/2020, de 9 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica.
La nueva orden afecta a los municipios de Colmenar Viejo, Arganda, Coslada y Collado-Villaba (ver más abajo las áreas concretas de cada una de dichas localidades)
Surtirá efecto desde las 0:00 horas del día 12 de octubre de 2020 por un periodo inicial de catorce días naturales, pudiendo ser prorrogado si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica de mantenerse las circunstancias que motivan su adopción.
Las medidas son las mismas ya en vigor tanto en las áreas básicas de salud determinadas por la Comunidad de Madrid, como en los nueve municipios afectados por el Estado de Alarma (ver nuestras circulares de los últimos días).
Estas son las zonas básicas de salud afectadas:
— Municipio de Colmenar Viejo:
- Zona básica de salud de Colmenar Viejo Norte.
— Municipio de Arganda del Rey:
- Zona básica de salud de Arganda del Rey.
— Municipio de Coslada:
- Zona básica de salud Valleaguado.
— Municipio de Collado Villalba:
- Zona básica de salud Sierra de Guadarrama.
ASETRA ha enviado por correo electrónico dos documentos de utilidad para los talleres, actualizados a la norma recién publicada hoy y válidos para toda la Comunidad de Madrid.
-Documento para justificación de desplazamiento del personal por motivos de trabajo.
-Documento, preparado por ASETRA, a adaptar según las circunstancias concretas de los clientes, que podría exhibirse en caso de ser solicitado por las autoridades y que pretende justificar la necesidad de desplazamiento al taller.
Sigan muy atentos a nuestros comunicados puntuales sobre las novedades normativas vía circular.