Les informaremos puntualmente cuando se materialice el proyecto
Hasta el momento, los detectores de radar están amparados por la Ley de Seguridad Vial que entró en vigor el 25 de mayo de 2010. Si finalmente Tráfico introduce esta modificación en su reglamento, ahora en periodo de alegaciones, la DGT se vería obligada a cambiar la citada ley.
Desde ASETRA, hemos de destacar que hasta ahora, lo único que estaba expresamente prohibido por ley era llevar instalado en el coche un inhibidor de radar, que cuenta con un mecanismo que interfiere el correcto funcionamiento del cinemómetro. Llevar uno en el coche está multado con 6.000 € y seis puntos de carné.
Desde ASETRA, les mantendremos informados de la materialización normativa, sobre la que les hemos informado ampliamente a través de circular.