El período de pago del primer año de la nueva tasa termina el próximo 30 de noviembre
El Ayuntamiento de Madrid creó a finales del pasado ejercicio la Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades. Por Acuerdo de 23 de Diciembre de 2015, del Pleno de la corporación municipal, se aprobó la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por servicios y actividades relacionados con el medio ambiente en el que se contempla la creación de dicha tasa desde el1 de Enero de 2016.
La anterior “Tasa de Basuras” quedó así sustituida a partir del presente ejercicio por la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos para alojamientos, edificios, locales e instalaciones en los que se ejerzan actividades comerciales, industriales, profesionales, artísticas, administrativas, de servicios y sanitarias o cualesquiera, aplicable siempre que dichos inmuebles tengan un uso catastral distinto al residencial o al de almacén-estacionamiento.
La tasa se paga una sola vez al año y su cuantía depende del tramo de valor catastral en el que se encuentre el inmueble y el uso catastral que tenga atribuido. El período de pago finaliza el 30 de Noviembre..
ASETRA recuerda que, en teoría, los talleres disponen de un supuesto de no sujeción, siempre y cuando hayan acreditado documentalmente la entrega de la totalidad de los residuos que generan a un gestor o transportista autorizado o registrado por la Comunidad de Madrid ante el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.