El Estado de Alarma en el que se encuentran nueve municipios y las zonas básicas de salud afectadas por restricciones no afectan a la obligación de pasar por la ITV en los oportunos plazos.
Así nos lo recuerda AEMA-ITV, la asociación que agrupa a las estaciones de inspección técnica de la Comunidad de Madrid. Es importante que el taller conozca bien esta información para uso propio y para trasladársela a su cliente.
Desplazarse para realizar la ITV es uno de los casos permitidos por las normas en vigor, al tratarse de una obligación legal que contribuye a garantizar la seguridad vial y la protección medio ambiental.
Eso sí, cualquiera que para acudir a la estación de ITV tenga que desplazarse desde alguna de las zonas en las que se han restringido los movimientos, deberá justificarlo ante el agente de autoridad que les requiera (es de validez la acreditación de tener la cita previa concertada en la estación ITV).
Subrayamos la importancia de cumplir los plazos de paso de la ITV SIEMPRE y hacemos un recordatorio especial a los propietarios de vehículos a los que les caducó la ITV durante el Estado de Alarma inicial y general (14 de marzo-21 de junio) o entre los días 22 y 31 de agosto, de que tendrán que respetar los períodos de prórroga sobre los que les informamos a los asociados en su momento vía circular.
Con relación a la fecha de referencia para pasar la siguiente inspección a los vehículos con prórroga por Estado de Alarma (la normativa indica que se deberá tomar como referencia la fecha en la que caducó la ITV anterior), estamos pendientes de que la Justicia se pronuncie definitivamente. Les informaremos puntualmente de cualquier novedad vía circular.