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De plena aplicación a partir de mañana el 25 de mayo
ASETRA ha realizado una intensa actividad informativa con sus asociados, a los que también ha prestado asesoramiento personal para ayudarles a cumplir con la restrictiva norma
ASETRA recuerda que los talleres no podrán enviar publicidad de sus servicios a los clientes si previamente no cuentan con su consentimiento para ello.
Madrid, 24 de mayo. A partir de mañana, 25 de mayo de 2018, será de plena aplicación y obligado cumplimiento el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD), con ámbito de vigencia en toda la Unión Europea.
Con este motivo, ASETRA ha venido realizando en los últimos meses una serie de acciones informativas, a través de circulares, y formativas (con jornadas específicas celebradas en nuestra sede y éxito de participación). Además, se ha preparado específicamente a nuestros técnicos para poder prestar asesoramiento personalizado a los asociados que así lo han solicitado.
ASETRA ha subrayado en repetidas ocasiones que, para cumplir con la norma,
No obstante, cada empresa siempre ha de valorar la conveniencia de contratar estos servicios en función de sus circunstancias particulares.
Los asociados de ASETRA ha valorado específicamente un sencillo cuadro que se ha facilitado en el que se resumen los cambios que introduce el reglamento:
-¿Qué cambia?
-¿En qué cambia?
-Consecuencias para los talleres
Nuevos derechos de los usuarios:
FACILITA RGPD
Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de empresas y profesionales (responsables o encargados de tratamientos) que tratan datos personales de escaso riesgo se ha aconsejado el uso de la herramienta FACILITA RGPD puesta a disposición por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Esta herramienta permite autoevaluar el nivel de riesgo de los datos que manejan por medio de un cuestionario tipo test, generando diversos documentos adaptados:
PUBLICIDAD Y CONSENTIMIENTO
En caso de que se pretenda enviar información comercial sobre productos y servicios, incluso a través de comunicaciones electrónicas, se ha recordado que es necesario contar con el consentimiento del cliente.
El RGPD exige que ese consentimiento además de ser libre, informado y específico, sea inequívoco, por lo que deberá existir una declaración y/o acción positiva o afirmativa del interesado que manifieste su conformidad.
Si el cliente no otorga el consentimiento para esta finalidad en las condiciones indicadas, ASETRA recuerda que el taller no puede enviar comunicaciones comerciales.