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Las empresas no están obligadas a llevar un registro de jornada diaria de trabajadores, según el Tribunal Supremo

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Sólo deben hacerlo de manera obligatoria con las horas extra y con las jornadas parciales.

El alto tribunal considera que la interpretación de la Audiencia Nacional en su sentencia de 4 de noviembre de 2014 contra Bankia no es la correcta. En base a ella, miles de empresas han implementado sistemas de control horario para toda su plantilla.

El Supremo sí mantiene que la información sobre horas extraordinarias debe ser trasladada a la representación de los trabajadores, si la hubiera. Indica asimismo que “convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de llevar registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la realización de horas extraordinarias”.

No obstante, señala que esa obligación no existe por ahora y los Tribunales no pueden suplir al legislador imponiendo a la empresa el establecimiento de un  sistema de control horario.

La sentencia es muy reciente y está siendo estudiada por GESTALLER, el área de gestión empresarial especializada en talleres de ASETRA. Les informaremos más ampliamente lo antes posible.


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