A las anteriores (ver relación detallada más abajo), se suman ahora las de Moralzarzal, Galapagar, Alpedrete, Collado Villalba Estación y Sierra de Guadarrama, así como a los municipios de Chinchón y Villaconejos, dentro de la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, y a los municipios de San Martín de Valdeiglesias y Pelayos de la Presa dentro de la zona básica de salud San Martín de Valdeiglesias.
Todas ellas mantendrán las restricciones hasta las 00:00 horas del día 23 de noviembre.
A las recomendaciones anteriores para luchar contra la propagación del Covid19, se añade en la nueva orden la de ventilar adecuadamente los espacios interiores de acuerdo con las guías oficiales y preferentemente con aire exterior.
Las nuevas medidas entrarán en vigor a las 00:00 del día 9 de noviembre, próximo lunes.
Durante su duración se desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles. A la vez, se establece la restricción de entrada y salida en el perímetro del municipio o zona afectada salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
Madrid, 7 de noviembre. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publica hoy, sábado, 7 de noviembre, la Orden 1503/2020, de 6 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se prorroga y modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica
Recogemos a continuación la relación de todas las áreas básicas de salud afectadas por las restricciones a la movilidad en la Comunidad de Madrid.
— En el municipio de Madrid:
- Distrito de Chamartín:
– Zona básica de salud Núñez Morgado.
- Distrito de Chamberí:
– Zona básica de salud Guzmán el Bueno.
- Distrito de Villaverde:
– Zona básica de salud San Andrés.
– Zona básica de salud San Cristóbal.
– Zona básica de salud El Espinillo.
- Distrito de Puente de Vallecas:
– Zona básica de salud Entrevías.
– Zona básica de salud Peña Prieta.
– Zona básica de salud Pozo del Tío Raimundo.
– Zona básica de salud Alcalá de Guadaíra.
– Zona básica de salud Rafael Alberti.
– Zona básica de salud Numancia.
- Distrito de Ciudad Lineal:
– Zona básica de salud Daroca.
- Distrito de Moratalaz:
– Zona básica de salud Vinateros Torito.
– Zona básica de salud Pavones.
– Zona básica de salud Vandel.
- Distrito de Latina:
– Zona básica de salud Puerta del Ángel.
- Distrito de Fuencarral-El Pardo:
– Zona básica de salud Virgen de Begoña.
- Distrito de Tetuán:
– Zona básica de salud Infanta Mercedes.
– Zona básica de salud Villaamil.
— En el municipio de Guadarrama:
- Zona básica de salud Guadarrama.
— En el municipio de Pozuelo de Alarcón:
- Zona básica de salud San Juan de la Cruz.
— En el municipio de Parla:
- Zona básica de salud San Blas.
- Zona básica de salud Pintores.
— En el municipio de Colmenar Viejo:
- Zona básica de salud de Colmenar Viejo Norte.
— En el municipio de Morata de Tajuña:
- Zona básica de salud Morata de Tajuña.
— En el municipio de Torrejón de Ardoz:
- Zona básica de salud Las Fronteras.
- Zona básica de salud Brújulas.
— En el municipio de Coslada:
- Zona básica de salud Doctor Tamames.
- Zona básica de salud Barrio del Puerto.
— En el municipio de Galapagar:
- Zona básica de salud Galapagar.
— En el municipio de Alpedrete:
- Zona básica de salud Alpedrete.
— El municipio de Majadahonda que comprende la zona básica de salud Majadahonda (“Cerro del Aire”), a excepción de la zona perimetralmente delimitada por el norte de la M-509 y el oeste de la M-50, y la zona básica de salud Valle de la Oliva, siendo posible en esta última el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al sur por la M-50 y la M-503, al noroeste por la M-516 y al este por la calles Velázquez y del Doctor Mariano Alcaraz.
— El municipio de Collado Villalba que comprende las zonas básicas de salud de Collado Villalba Pueblo, Collado Villalba Estación y Sierra de Guadarrama.
— El municipio de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, dentro de la zona básica de salud Manzanares el Real.
— El municipio de Villarejo de Salvanés, dentro de la zona básica de salud Villarejo de Salvanés.
— Los municipios de Colmenar de Oreja, Chinchón y Villaconejos, dentro de la zona básica de salud Colmenar de Oreja.
— Los municipios de San Martín de Valdeiglesias y Pelayos de la Presa, dentro de la zona básica de salud San Martín de Valdeiglesias.
— El municipio de Moralzarzal, dentro de la zona básica de salud Moralzarzal.
Nueva medida preventiva para luchar contra el Covid19: la ventilación
La orden publicada hoy introduce también una modificación de la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio. Esta es la novedad:
Se recomienda realizar una ventilación adecuada de los espacios interiores de acuerdo con las guías oficiales y preferentemente con aire exterior.
En los edificios de uso público se aconseja lo siguiente:
— Proporcionar una ventilación adecuada de los espacios con aire exterior.
— Renovar el aire de las dependencias a través de su ventilación natural o mecánica.
La nueva Orden se producirá efectos desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020.