Ya se ha publicado en el BOCM el Convenio Colectivo de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid para los años 2021-2023, del que avanzamos contenidos en circular remitida a finales del pasado mes de julio.
Vigente durante el trienio 2021-2023, contempla un incremento de las tablas salariales del 1% para el año 2021, 1,5 % en 2022 y 2 % para 2023.
Los talleres asociados han recibido una completa información sobre los aspectos más relevantes, entre los que se encuentran los siguientes:
Se mantiene la jornada anual de 1.764 horas durante la vigencia del Convenio.
Las vacaciones anuales serán de 21 días laborables al año.
Se incluye la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras que, por calendario laboral presten sus servicios de lunes a viernes y disfruten el descanso en fin de semana, puedan ser requeridos con carácter obligatorio para trabajar seis sábados o domingos con el fin de adaptar la capacidad productiva a las necesidades de producción. Dicha obligación se comunicará al trabajador con cinco días de antelación y se compensará en salario o en descanso.
Sobre aprendices: Se definen como trabajadores y trabajadoras que realizan tareas de aprendizaje consistentes en la adquisición de los conocimientos prácticos necesarios para el desempeño de un oficio o puesto de trabajo cualificado. El límite de edad máximo para esta ocupación será de hasta 21 años, no pudiendo extenderse la actividad en este puesto de trabajo más allá de los dos años. Para el año 2021 todos las aprendizas y aprendices percibirán una retribución de 14.000 € año como salario de convenio anual.
A continuación se recogen las tablas salariales vigentes para el año 2021:
Tablas salariales 2021
GRUPO |
Descripción Funcional |
Nº Nivel |
Salario Convenio Anual 2021 |
Salario Convenio Mensual (14 pagas) |
Valor Quinquenio Grupo |
Bases Grupo para cálculo de complementos salvo nocturnidad |
1 |
LICENCIADO |
1 |
28.403,63 |
2.028,83 |
34,31 |
907,90 |
2 |
TECNICO |
2 |
23.836,29 |
1.702,59 |
31,22 |
804,57 |
3 |
TECNICO AUXILIAR |
3 |
21.491,04 |
1.535,07 |
28.74 |
733,64 |
4 |
EMPLEADO |
4 |
19.212,48 |
1.372,32 |
26,79 |
675,38 |
5 |
OPERARIO |
5 |
17.874,18 |
1.276,73 |
25,63 |
21,24 |
6 |
EMPLEADO AUXILIAR |
6 |
17.687,17 |
1.263,37 |
25,04 |
627,59 |
7 |
OPERARIO AUXILIAR |
7 |
16.608,73 |
1.186,34 |
24,75 |
20,30 |