Se han tenido en cuenta las observaciones presentadas en su día por CONEPA, federación española de talleres de la que ASETRA ostenta la presidencia
El pasado sábado se publicó en el BOE el Real Decreto 710/2015, de 24 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. Las observaciones presentadas por CONEPA en su día al borrador han sido tenidas en cuenta.
La propuesta de modificación que nuestra federación planteó en su día radicaba en evitar que los productores (quienes introducen por primera vez la batería en el mercado nacional) tuvieran la opción de repercutir a través de factura el coste de gestión de dicha batería cuando ésta se convierte en residuo. El texto que, a juicio de CONEPA, daba opción a esta posibilidad ha sido suprimido.
Otro aspecto importante a destacar en la nueva norma es la referencia a la venta de baterías a distancia por vendedores ubicados en otros países. El nuevo Real Decreto deja muy claro que quién realice la venta deberá comunicar su condición de productor al Registro Integrado Industrial de ámbito estatal y por lo tanto habrá de cumplir con las obligaciones establecidas para estos.
Tal y como establece la disposición final segunda, el Real Decreto entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.
Se puede consultar el nuevo texto en el este enlace.