Ya no es obligatorio exponer al público el aforo máximo.
Se recomienda medir los niveles de CO2.
La orden reguladora ya no menciona la obligatoriedad de establecer itinerarios para dirigir la circulación de clientes y usuarios.
Tampoco es obligatorio establecer un uso diferenciado de entrada y salida ni señalar la distancia de seguridad interpersonal ente clientes.
La Comunidad de Madrid ha publicado hoy en el diario oficial la Orden 439/2022, de 28 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Los talleres asociados han recibido mediante circular la información completa con las novedades introducidas.
Recordemos que el Área de Prevención de Riesgos Laborales de ASETRA está a disposición de los asociados para asesoramiento personalizado de cada taller, en función de su número de operarios y de sus instalaciones. No dude en consultarnos en el teléfono 91 4340660 o en calidadymedioambiente@asetramadrid.com